MEXICALI – El Congreso del Estado ratifica que el gravamen aprobado por esta Soberanía a las empresas de redes de transporte sera única y exclusivamente para aquellas “Plataformas digitales” que transporten pasajeros; quedando exentos, los servicios de recolección y entrega de alimentos, medicinas o cualquier otro servicio por este medio.
Asimismo, se acordó que dicho importe es aplicable solo para las sociedades mercantiles, mejor conocidas como “Plataformas digitales” nacionales o extranjeras que, por virtud de acuerdos comerciales vigentes, promuevan el uso de tecnológicas o aplicaciones. Es decir, quedan libres de este impuesto quienes contraten o utilicen este servicio
Con esto, queda establecido que la entrega a domicilio de alimentos por medio de estas “plataformas digitales”, no están incluidos en este acuerdo.
Por lo anterior, en una reserva presentada por la diputada Rosina del Villar Casas, se estipulo que se entenderán como empresas de redes de transporte, aquellas personas físicas o morales cuyo servicio se limita exclusivamente a intermediar vía electrónica la oferta, contratación y pago de servicios de transporte público o privado de pasajeros.
Y este vinculado a través de dicha aplicación a usuarios con prestadores del servicio en cualquiera de sus modalidades autorizadas y registradas ante el Instituto de Movilidad Sustentable del Estado, reiteró.
Finalmente, se determinó que el objetivo es que cualquier empresa registrada en la Entidad contribuya de manera formal como cualquier otro ciudadano con las aportaciones que por Ley le corresponden, terminando con cualquier privilegio fiscal y acentuando que en Baja California no hay prebendas para nadie.
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