TIJUANA.- La Resolución Miscelánea Fiscal amplió la presentación de la declaraciones fiscales 2021 hasta marzo para personas morales y abril a las físicas.
Octavio de la Torre de Stéffano, presidente del corporativo TLC Asociados indicó que anteriormente la cancelación de los CFDI se debería efectuar a más tardar el 31 de enero del año siguiente a su expedición.
Apuntó que la cancelación de los CFDI o facturas, se podrá efectuar a más tardar en el mes en el cual se deba presentar la declaración anual del ISR (Impuesto Sobre la Renta), correspondiente al ejercicio fiscal en el cual se expidió el citado comprobante.
«Como se puede observar, se amplía el plazo de cancelación de los CFDIS del 2021 hasta la declaración anual, siendo el mes de marzo para Personas Morales y el mes de abril para Personas Físicas, del año en curso», explicó.
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