TIJUANA.- Una reciente reforma al artículo 59 del Código Fiscal de la Federación permite al SAT presumer como ingresos gravados los depósitos bancarios superiores a 2 millones 28 mil 610 pesos, cuando provengan de cuentas no registradas o de personas no inscritas en el RFC.

Esta medida busca fortalecer la vigilancia sobre operaciones bancarias y aumentar las responsabilidades de quienes manejan grandes flujos de dinero sin documentación adecuada, generando posibles auditorías, créditos fiscales y embargos si no se demuestra lo contrario.

La reforma aplica especialmente cuando no exista contabilidad o registros fiscales, y el contribuyente no esté inscrito en el RFC, ampliando el alcance de la fiscalización. Sin embargo, ofrece una vía preventiva si el contribuyente informa previamente al SAT y cumple ciertos requisitos.

Expertos recomiendan revisar y actualizar los registros fiscales para evitar posibles sanciones ante esta mayor presión fiscal y de control.