TIJUANA.- Tras una reforma al artículo 141 del Código Fiscal de la Federación, los contribuyentes ahora están obligados a garantizar el interés fiscal desde la primera instancia de defensa, como la presentación de recursos o juicios contra el SAT.
En caso de no hacerlo, la autoridad podrá embargar cuentas bancarias, bienes muebles e inmuebles, o intervenir la negociación del contribuyente, con el fin de reforzar la recaudación y asegurar el pago de créditos fiscales en disputa.
La opción preferente para garantizar el crédito será un depósito en efectivo en instituciones autorizadas, como bancos públicos, aunque esto podría representar una carga adicional para empresas y personas físicas en procedimientos fiscales.
El experto fiscalista Jorge Alberto Pickett Corona advirtió que esta modificación podría afectar la liquidez de quienes enfrentan controversias con el SAT, ya que deberán inmovilizar recursos desde el inicio del proceso legal.


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