La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó es inconstitucional penalizar el aborto en el estado de Coahuila, y con ello sentó una jurisprudencia en el país.

En una sesión histórica y por unanimidad, los  diez ministros de la SCJN declararon invalidar el artículo 196 del Código Penal de Coahuila que sanciona de 1 y 3 años de cárcel la interrupción del embarazo.

La ministra Margarita Ríos-Farjat sostuvo que criminalizar el aborto atenta contra los derechos a la dignidad humana, autonomía, salud, libertad reproductiva, entre otros.

Y se pronunció en contra de estigmatizar a las mujeres o personas con capacidad de gestar que abortan, por ser una decisión sumamente difícil a nivel personal.

Los abortos existen, sean o no legales, advirtió.

Si bien la sentencia de la Corte invalida la norma en Coahuila, seguirá vigente la criminalización del aborto en los códigos penales de otros 29 estados, que lo castigan de 15 días a seis años de cárcel.

Sin embargo, la jurisprudencia por precedente obligará a todos los jueces penales del país a no procesar a mujeres acusadas por abortar.

En caso de abrirse algún proceso en su contra, la justicia federal podrá cancelarlo mediante el amparo.

Con información de López-Dóriga Digital