TIJUANA.- La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federacion (TEPJF) revocó el punto de acuerdo con el que el Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) le negó a Julian Leyzaola Pérez su registro como candidato a la Alcaldía de Tijuana.

De manera unánime los magistrados determinaron ilegal la postura del órgano electoral, así lo concluyeron en la sesión virtual celebrada esta mañana en su sede en Guadalajara.

El IEEBC argumentó, en su momento, negar la inscripción a la candidatura porque Leyzaola tiene una orden de aprehensión.

Por eso interpuso un juicio el Partido Encuentro Solidario (PES) y otro el ex secretario de Seguridad Pública de Tijuana, Teniente Coronel Leyzaola Pérez.

La sala decidió en sus puntos resolutivos, acumularlos por tratarse de identidad de hechos controvertidos.

Y se convirtió en el expediente SG-JDC-358/2021 por el Juicio para la Protección de Derechos Político-Electorales promovido por Julián Leyzaola Pérez.

En la sesión virtual expusieron que se determinó dar entrada a pruebas y alegatos de la defensa del dos veces candidato a la Alcaldía de Tijuana.

Se incluyó la suspensión vigente del Juez Cuarto de Distrito en Materia de Amparo, con sede en Tijuana, respecto de la Orden de Aprehensión girada por el Juez Tercero de lo Penal en contra de Leyza Pérez como presunto responsable del delito de tortura, en agravio de policías.

Al respecto, la defensa expuso que no se le debe considera un prófugo porque se encuentra sometido al procedimiento judicial, y se debe garantizar el principio de inocencia de acuerdo al artículo 20 Constitucional.

También la defensa, alegó, que el delito por el cuál se la acusa dejó de existir en Baja California toda vez que la SCJN determinó que debe expulsarse del Código Penal local y del que tienen conocimiento todas las autoridades.

Los magistrados de la Segunda Sala determinaron en sus resolutivos, que además el delito en todo caso ya había prescrito.